Os trasladamos la información relevante de hoy, recopilada por nuestra Junta
y Asesoría.
I.- Criterios dirigidos por el Ministerio de Trabajo y Economía Social a las
Autoridades Laborales de las CCAA sobre expedientes suspensivos y de
reducción de jornada por COVID 19.
Os adjuntamos el documento que el Ministerio ha remitido a todas las CCAA
sobre los criterios de aplicación relativos a los ERTES. Incluye, además, un
FAQs en respuesta a las consultas planteadas al Ministerio de Industria
Comercio y Turismo. Lo estamos estudiando y os mandaremos más
información al respecto.
Con independencia de lo que pueda extraerse del anterior Documento, por el
Presidente se informa a los colegiados:
1.- Que se ha tenido conocimiento, no oficial, pendiente de confirmar y
contrastar (os insisto en que se recibe muchísima información y alguna es
contradictoria) a través de informaciones recibidas de distintos asesores
laborales que al parecer han mantenido una entrevista o conferencia con la
Consellería de Treball, que el criterio que por parte de la Autoridad Laboral
va a seguirse es:
o Que la existencia de un contagio confirmado y de personal en
cuarentena obligada por ello, no justifica un ERTE para todos los
trabajadores, sino una baja médica para los contagiados y los que estén
en cuarentena.
o Que solo se tramitarán por causa especial de fuerza mayor vinculadas
al COVID-19, del art. 22 del RDL 8/2020, los ERTES solicitados por
empresas y actividades expresamente incluidas en el RDL.
o Las clínicas dentales y demás profesionales de la salud (junto con otras
actividades que han sido nombradas por la Consellería), al no estar
expresamente previstas en el RDL no se tramitarán de forma
automática por fuerza mayor.
o Que las no incluidas no están amparadas para el cierre de su actividad
y si no tienen material deben aguardar su recepción o seguir
distribuyendo la jornada en horas, atender solo urgencias.
o Que las actividades no incluidas expresamente en el RDL y que no
puedan seguir prestando servicios porque no hay producción o no
pueden mantenerse, deberían tramitar el ERTE, pero basado en causa
económica, técnica, organizativa o de producción del art. 23 del RDL
8/2020. En este supuesto los trabajadores cobrarán el 70% como
prestación por desempleo y la empresa seguirá abonando las cuotas de
Seguridad Social. Y además, el procedimiento es de distinta
tramitación, no tan ágil. Para estos supuestos se deberá comparar la
facturación de marzo de 2019 con la de 2020 con datos contables y
acreditar la causa.
2.- Los Asesores laborales aconsejan no precipitarse en la presentación de
ERTES, porque los criterios no están definidos, no existen modelos definitivos.
No se ha resuelto todavía ninguno y se está requiriendo de subsanación. Los
asesores decidirán con cada cliente en cada caso si presenta el ERTE por
fuerza mayor o por causas económicas.
Si un ERTE por fuerza mayor es denegado, se puede impugnar ante la
Jurisdicción Laboral y también tramitar por causa económica.
3.- Para el supuesto de que se opte por presentar un ERTE por fuerza mayor,
por parte del Colegio se ha elaborado una carta/Informe del Presidente
poniendo de manifiesto el desabastecimiento generalizado de los materiales,
lo que conlleva la imposibilidad de que la actividad profesional en una
consulta o clínica dental pueda desarrollarse con las mínimas garantías de
seguridad y protección laboral y de salud y con ello, ante el grave riesgo de
contagio que supone la actividad odontológica sin las medidas adecuadas, la
imposibilidad de que puedan seguir funcionando y la imposibilidad de aplicar
los protocolos establecidos para combatir la transmisión del coronavirus.
4.- Por parte del Presidente se está intentando contactar directamente con el
Conseller de Treball al objeto de:
o Solicitar un comunicado expreso dirigido al Colegio sobre la
información extraoficial recibida antes mencionada y sobre si es cierto
que las clínicas dentales no podrían acogerse a los ERTES de fuerza
mayor ni dejar de funcionar pese al evidente riesgo de contagio que la
actividad odontológica supone y pese al absoluto desabastecimiento
de material para impedirlo.
o Trasladarle el profundo malestar e indignación de nuestros
profesionales ante el desamparo por una situación que consideramos
absolutamente injusta y contradictoria e instarle a que se adopten
soluciones inmediatas.
Por un lado, se carece del material indispensable para garantizar la salud laboral y protección de pacientes, dentistas y auxiliares (material que no puede conseguirse porque las casas comerciales carecen del mismo y, además, están obligadas a entregarlo
a la Administración, sin olvidar que nos han requerido para que colaboremos en su entrega) y, por otro, no se nos incluye como actividad expresamente obligada al cierre y que pueda ser acogida por un ERTE basado en fuerza mayor, como si pudiéramos abrir con
normalidad cuando lo cierto es que no se puede seguir funcionando con las mínimas garantías de protección que la propia Administración nos exige.
En definitiva, las clínicas privadas no están incluidas entre los obligados a cerrar (para no colapsar el sistema público), y parece que por ello no van a admitir el ERTE por fuerza mayor, no tenemos las medidas de protección necesarias para desempeñar nuestra labor y
además somos un importante vector de contagio. Intentaremos trasladar cuanto antes esta situación.
o Finalmente estamos preparando un escrito dirigido al Conseller
poniendo de manifiesto la situación y solicitando expresamente que les
pueda ser concedido el ERTE por causa de fuerza mayor a aquellas
clínicas dentales que estimen oportuno solicitarlo por este cauce, sin
que el hecho de no estar expresamente incluidas en el RDL como
actividad obligada al cierre impida tal consideración.
III.- Carta/Informe del Presidente poniendo de manifiesto el
desabastecimiento generalizado de los materiales y EPI´s, lo que conlleva
la imposibilidad de que la actividad profesional en una consulta o clínica
dental pueda desarrollarse con las mínimas garantías de seguridad y
protección.
Este Informe se facilita para aquellos colegiados que opten por solicitar un
ERTE, especialmente por causa de fuerza mayor. Se adjuntan también los
informes y certificado publicados por las casas comerciales proveedoras de
material (fabricantes y distribuidores) en la que constatan que carecen de
material para ser proporcionado.
1.- Nota de prensa del Consejo General: El Consejo General de Dentistas pide
al Gobierno que decrete la suspensión temporal de la apertura de clínicas
dentales. Puedes consultar la información completa AQUÍ
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