I.- NORMATIVA
La Orden proporciona un modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo a expedir por la empresa o entidad empleadora, en favor de los trabajadores por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable establecido en el Real Decreto-ley 10/2020 por desempeñar su labor en actividades esenciales, así como en favor de aquellas personas que ejerzan la actividad de representación sindical o empresarial.
El objetivo de la citada declaración es que la persona trabajadora portadora del mismo pueda continuar realizando desplazamientos a su lugar de trabajo o de desarrollo de su actividad de representación sindical o empresarial. Adjuntamos modelo.
2.- Resumen del Real-Decreto Ley 10/2020 por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
En la nota de ayer os facilitamos el texto publicado en el BOE de 29 de marzo.
Os adjuntamos ahora un resumen de las medidas que contempla el RDL y sobre todo, como afecta a las clínicas dentales.
Como conclusión destacable del resumen podéis ver que las medidas del RDL 10/2020 (es decir, el permiso retribuid recuperable) no son aplicables a las clínicas dentales al ser estas consideradas un centro, servicio y/o establecimiento sanitario de carácter esencial.
La norma (el permiso retribuido recuperable) establece que NO será de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en los sectores calificados como esenciales en el anexo de la norma. Y en el apartado 9 del anexo se incluye entre dichas personas trabajadoras de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como a las ́ personas
Por ello en opinión del Colegio, este RDL abunda en la impresión (pues seguimos moviéndonos en terrenos de inseguridad e incertidumbre jurídica) de que ni el Ministerio de Sanidad ni las Autoridades Sanitarias vayan a modificar el criterio que mantienen y sigan considerado a las clínicas dentales como actividades esenciales y con ello no declaren la suspensión temporal de la actividad, dificultando así la aplicación directa de las medidas económicas que alivien la situación.
En este sentido, ya expusimos en notas anteriores que el Art. 1.1. del Real Decreto-ley 9/2020, declaraba la esencialidad de los centros, servicios y establecimientos sanitarios “que determine el Ministerio de Sanidad”…, lo que, en principio, parece derivar a las normas de desarrollo que se dicten la concreción de los establecimientos sanitarios que sean o no esenciales dejando un portal abierto a que las clínicas dentales pudieran excluirse.
Pero de momento lo cierto es que las clínicas dentales siguen siendo consideradas como centros, servicios y establecimientos sanitarios que mantienen su actividad permitiéndose la reducción o suspensión de la misma parcialmente en los términos en que así lo permitan las autoridades competentes; lo que dificulta, además la concesión de los ERTES por fuerza mayor.
Por ello, desde el Colegio y la organización colegial se sigue trabajando y presionando las Autoridades para trasladar las peticiones y demandas de nuestro colectivo.
3. Adelanto medidas Consejo Ministros de hoy.
En el Consejo de Ministros Ordinario de este martes 31 de marzo el Gobierno ha anunciado un nuevo paquete de medidas económicas. El momento de emitir esta nota no tenemos constancia oficial de las medidas al no constar la publicación, por lo que informaremos en las nota siguientes diarias.
De momento y por las notas y ruedas de prensa conocemos que se han anunciado las siguientes medidas, si bien, se insiste en que la información se extrae de la prensa, no de la normativa oficialmente publicada:
· En materia de alquileres
- Se prorrogan seis meses los contratos de alquiler prohibiendo el aumento de renta.
- Suspensión de desahucios durante seis meses.
- Microcréditos del ICO a interés cero para pago de alquileres.
- Ampliación moratoria hipotecas a autónomos que no tengan actividad o que hayan sufrido pérdidas significativas.
· Medidas sobre suministros básicos y prestaciones:
- No se pueden suspender los suministros de agua, gas y electricidad
- Bono social para trabajadores despedidos y autónomos afectados por la crisis.
- Prestación por desempleo a temporales y trabajadoras del hogar.
· Medidas de consumo
- Moratoria de tres meses de préstamos personales.
- Devolución viajes comprados y cancelados
· Medidas con relación a los autónomos:
- Moratoria de seis meses para el pago de cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y Pymes en determinadas condiciones.
- Se suma la moratoria sin intereses en el pago de las cotizaciones de los días trabajados e marzo.
- Se aplaza el pago de las deudas hasta el 30 de junio.
· Medidas de igualdad:
- Protección víctimas violencia género en situaciones de convivencia.
· Medidas de apoyo a la industria.
- Facilidades para la refinanciación, suspensión por un año de los pagos de las deudas del sector turístico y otras medidas técnicas.
- Devolución por el ICEX de gastos de ferias canceladas.
- Flexibilización contratos de electricidad y gas a autónomos y empresas.
II.- Carta Presidente del Colegio de Dentistas de Baleares a las Autoridades Laborales y Sanitarias de la CAIB.
Con motivo de las sucesivas consultas y cartas enviadas por el Colegio a las Autoridades Sanitarias y Laborales se ha recibido una respuesta oficial de la Dirección General de Salut por las que nos indican que trasladan nuestras peticiones al Ministerio de Sanidad.
Obviamente, al Ministerio de Sanidad ya se está dirigiendo el Consejo.
Es por ello que por parte del Presidente se procede pues a remitir un nueva carta insistiendo en nuestra complicada situación sanitaria y económica (en la necesidad de que se decrete el cese temporal de las actividades asistenciales –salvo para urgencias- por ser las clínicas focos de contagio y seguir desabastecidas de material), y destacando que en algunas Comunidades Autónomas como Cataluña, País Vasco, Andalucía, Galicia y Murcia, sí se han dictado medidas que permiten la suspensión temporal de la actividad de las clínicas dentales, lo que facilitará, sin duda, la concesión del ERTE por fuerza mayor. Y lo mismo en otros países europeos.
Os seguiremos manteniendo informados de nuestras gestiones.
III.- Consejo General: Guía práctica ERTE's, laborales y autónomos en la clínica dental
El Consejo ha publicado la guía práctica sobre los ERTE’s. Ver guía.
Os facilitamos un protocolo de atención dental publicado por el COEC para atender urgencias durante la crisis del COVID-19 (doc. adjunto).
V.- ERTES
Rogamos que aquellos colegiados que hayan recibido una resolución relativa a un ERTE, si lo estiman oportuno, comuniquen al Colegio el sentido de la misma, cuidando y garantizando en todo caso, en cualquier información que nos faciliten, el derecho a la privacidad e intimidad y protección de los datos que nos puedan facilitar.
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