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¿ERTES por fuerza mayor tras el 9 de abril?

NOTA INFORMATIVA, 09 ABRIL 2020

I.- ¿ERTES por fuerza mayor tras el 9 de abril?

Estamos a la espera de publicación de la segunda prórroga del estado de alarma, y a como queda la calificación de las clínicas dentales, es decir, como servicios esenciales ante situaciones de urgencia, o servicios esenciales para toda actividad. Parece, por las notas de prensa (si bien hay que esperar a la publicación) que la prórroga del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (que se extenderá hasta las 00.00 horas del 26 de abril) lo sea en las mismas condiciones que establece dicho Real Decreto, por lo que ello parece indicar que se volverá a la situación inicial anterior. Esto podría dificultar todavía más la concesión de ERTES por fuerza mayor a partir de 9 de abril, ya que el criterio de la Consellería era que la concesión de ERTES por fuerza mayor a partir del 30 de marzo se amparaba en el carácter esencial de las clínicas solo para urgencias, por lo que si desaparece esa calificación con la vuelta a la situación inicial, se dificultará, como decimos, la concesión de ese tipo de ERTES.

Seguimos pues con total incertidumbre jurídica. Habrá que constatar si a partir de 9 de abril se van a seguir otorgando o no los ERTES por fuerza mayor, aunque si se vuelve a la situación inicial, no es de extrañar que se limite la concesión de los ERTES por fuerza mayor a 9 de abril. De momento, las noticias que llegan al Colegio es que los ERTES solicitados antes de 30 de marzo se están denegando.

Ante todo ello, por parte del Presidente se está solicitando mantener una nueva reunión urgente con los responsables autonómicos de Salud y de Trabajo, para seguir mostrando de forma más enérgica si cabe, nuestra protesta, y nuestra insostenible situación desde el punto de vista sanitario y económico. Se solicitará a los responsables de la Consellería de Treball que la concesión de ERTES por fuerza mayor se prolongue a fechas posteriores a 9 de abril; y a los responsables de la Consellería de Salud, que si verdaderamente quieren contener los contagios, se dicten normas comunitarias que prolonguen el cierre de clínicas dentales salvo para urgencias.

Pese a todo, os recordamos una vez más, que han de ser vuestros respectivos asesores los que valoren la solicitud o no de ERTE y de qué tipo, así como los requisitos particulares de cada uno. Lo que nos traslada la Consellería son criterios generales (que trataremos de mejorar para obtener ERTES). Pero eso no impide que cada particular pueda acreditar su situación de fuerza mayor si se dan los requisitos particulares para ello (contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria o falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad). Con relación a esto último el Colegio facilitó en la nota informativa de 20 de marzo (puede descargarse en la web del Colegio) un informe colegial sobre el desabastecimiento generalizado de material necesario para desarrollar la actividad y sobre el riesgo de propagación del virus, así como varios comunicados de empresas proveedoras de material que ponen de manifiesto que no pueden proveer del mismo. En el mismo sentido el Consejo General publicó en su página web una nota de 20 de marzo sobre el desabastecimiento del material. Todos estos documentos pueden descargarse y ser de utilidad para fundamentar los ERTES por fuerza mayor.





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